Tramite de un probable riesgo de trabajo
¿QUE ES UN ACCIDENTE DE TRABAJO?
Con fundamento en la Ley del ISSSTE en el artículo 56. Serán reputados como RIESGOS DE TRABAJO los accidentes y enfermedades a que están expuestos los Trabajadores en el ejercicio o con motivo del trabajo.
Se consideran
ACCIDENTES DEL TRABAJO, toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior a la muerte producida repentinamente en el ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.
Así como aquellos que ocurran al Trabajador al trasladarse directamente de su domicilio o de la estancia de bienestar infantil de sus hijos, al lugar en que desempeñe su trabajo o viceversa.